miércoles, 3 de diciembre de 2014

3 de diciembre: "Día del Candombe y la equidad étnica en la Ciudad de Buenos Aires"

Foto: Archivo General de la Nación - Buenos Aires, década de 1960

Buenos Aires, 21 de noviembre de 2013.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Declárase el día 3 de diciembre “Día del Candombe y la Equidad Étnica en la Ciudad de Buenos Aires”.
Artículo 2º.- Su celebración tendrá como marco la valoración y difusión de la expresión cultural, denominada Candombe, la contribución de la población afro descendiente a la construcción en el ámbito rioplatense, y de su aporte a la conformación de la identidad cultural en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3º.- Se considerará de interés para la Ciudad de Buenos Aires, la realización de actividades, acciones educativas, en ámbitos públicos y privados, como campañas de comunicación y difusión que contribuyan al combate del racismo y promuevan la equidad étnica, entendida como garantía de igualdad de oportunidades y goce efectivo de derechos para todos los habitantes con la consiguiente superación de las inequidades que afectan a los afro descendientes.
Artículo 4º.- El Estado propenderá al cumplimiento de los fines determinados en la presente Ley, mediante el desarrollo de políticas públicas, destinadas al efectivo ejercicio de los principios que se establecen.
Artículo 5º.- Declárese patrimonio cultural de la Ciudad de Buenos Aires el Candombe, caracterizado por el toque de tambores denominados Chico, Repique y Piano; su danza y su canto creado por los afro uruguayos a partir del legado ancestral africano, sus orígenes, rituales, y su contexto social como comunidad.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.

Cristian Ritondo - Carlos Pérez

LEY N° 4.773
Sanción: 21/11/2013
Promulgación: De Hecho del 19/12/2013

Publicación: BOCBA N° 4312 del 07/01/2014

3 de diciembre: Día Nacional del Candombe, la cultura afrouruguaya y la equidad racial (Uruguay)


Ley Nº 18.059
Día Nacional del Candombe, la cultura afrouruguaya y la equidad racial
se declara el día 3 de diciembre de cada año

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Declárase el 3 de diciembre "Día nacional del candombe, la cultura afrouruguaya y la equidad racial".
Artículo 2º.- Su celebración anual será el marco para la valoración y difusión de la expresión cultural denominada candombe, de la contribución de la población afrodescendiente a la construcción nacional, y de su aporte a la conformación de la identidad cultural de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 3º.- Se considera de interés nacional la realización de actividades, acciones educativas y campañas de comunicación que contribuyan a dicho fin, promuevan el combate al racismo y la equidad racial, entendida como garantía de igualdad de oportunidades y goce efectivo de derechos para todos los ciudadanos, con la consiguiente superación de las inequidades que afectan a los afrodescendientes.
Artículo 4º.- El Estado propenderá a la realización de tales fines mediante el desarrollo de políticas públicas destinadas al cumplimiento de los principios establecidos por esta ley.
Artículo 5º.- Declárase patrimonio cultural de la República Oriental del Uruguay el candombe, caracterizado por el toque de los tambores denominados chico, repique y piano, su danza y canto, creado por los afrouruguayos a partir del legado ancestral africano, sus orígenes rituales y su contexto social como comunidad.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 10 de noviembre de 2006.
Rodolfo Nin Novoa,  Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,  Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 20 de noviembre de 2006.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

TABARÉ VÁZQUEZ.
JORGE BROVETTO.