Decreto de la Asamblea General Constituyente del Año XIII que limita el decreto del 4 de
febrero de 1813 sobre la libertad de esclavos, 21 de enero de 1814.
Documentos escritos. Sala X 23-5-3.
Transcripción:
La Asamblea General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la
Plata en sesión de este día ha expedido el decreto siguiente
El decreto expedido por la Asamblea General Constituyente en 4 de febrero del
año pasado de 1813, en que declara libres a todos los esclavos que de cualquier
modo se introduzcan desde dicho día de países extranjeros por solo el hecho de
pisar el territorio de las Provincias Unidas, se deberá entender para con
aquellos que sean introducidos por vía de comercio o venta contra las
disposiciones anteriores prohibitivas de dicho tráfico, y de ningún modo para
con los que hubiesen transfugado, o tránsfuga sen de los otros países, ni los
que introducidos en estas Prov. por los viajantes extranjeros en calidad de
sirvientes, se conserven en su propio dominio y servidumbre que no podrán pasar
al de otro por enajenación, o de otro modo alguno, sobre cuyo particular se
encarga al S. P. E. la mas estrecha vigilancia para que de ningún modo sea
eludido el presente decreto en esta parte” .
Lo tendrá así entendido el Supremo Poder Ejecutivo para su debida observancia y
cumplimiento. Buenos Aires 21 de Enero de 1814.
Valentín Gomez
Presidente
Hipólito Vieytes
Secretario
Permiso al Conde de Liniers para introducir los negros
que quiera y también las producciónes de Naturales de África. Madrid, 1793.
Documentos escritos. Fondo Biblioteca Nacional. Legajo 215.
Transcripción:
Permiso al Conde de Liniers para introducir los negros que quiera, y también
las producciones naturales de África.
Excelentísimo Señor. El Conde de Liniers ha recurrido al Rey, solicitando que
el permiso que se le concedió para introducir dos mil negros de las costas de
África en ese Virreinato, se le amplíe a cuatro mil, y que igualmente se le
permita traer a bordo de las embarcaciones negreras las producciones naturales
del África, como gomas, marfil, especias, ébano, (vapor) y cristal de roca. En
su vista se ha dignado S. M. resolver que mediante a estar habitando Montevideo
para el comercio libre de negros, introduzca Liniers los que tenga por
conveniente, concediéndole el permiso que solicita para introducir las
producciones naturales del África, pero pagando los mismos derechos que adeudan
estos artículos a su introducción en esta península. Lo que de su Real Orden
participo a V.E. para su inteligencia y cumplimiento. Dios guarde a V.E. muchos
años. Madrid y enero 3 de 1793. Gardoqui. Señor Virrey de Buenos Aires.
Concesión a Matías López Arraya -comerciante
portugués-para conducir 600 negros al puerto de Buenos Aires, 1784. Firmado por
José Galvez Titular de la Secretaría de Indias.
Documentos escritos. Biblioteca Nacional. Legajo 215.
Transcripción:
Concesión a López Arraya para conducir negros a Buenos Aires según las
condiciones que se previenen.
El Rey se ha servido conceder permiso a Matías López Arraya natural del Reino
de Portugal para conducir a ese puerto seiscientos negros bozales bajo las
condiciones siguientes: Ha de pagar todos los derechos establecidos. No podrá
llevar efectos comerciables; y víveres únicamente los precisos para el viaje,
pena de comiso. A la llegada de la embarcación se pondrá a su bordo el
resguardo, que sea necesario para evitar fraudes; celando con la mayor
vigilancia sobre este particular. Lo participo a V.S. de orden del Rey para su
inteligencia y cumplimiento. Dios guarde a V.S. muchos años. San Lorenzo, diez
de noviembre de mil setecientos ochenta y cuatro. José Gálvez.
Señor Intendente de Buenos Aires